Términos de quiebra fraudulenta
Para que se integren los términos de este delito es necesario el aporte de algunos factores subjetivos y objetivos. En primer lugar, el sujeto debe ser un empresario comercial o una empresa o uno de los sujetos que la representen en el caso de un delito fiscal que sea un delito concursal.
La quiebra es un delito que, por tanto, presupone cualidades específicas del sujeto. Esto no significa que una parte externa no pueda participar en el crimen.
Como veremos mejor en el curso de nuestra discusión, la participación del extraneus en el delito de quiebra fraudulenta también se considera un delito por ley (art. 216 – 217 y 223 de la ley de quiebras).
El delito concursal es uno de los principales delitos concursales punibles únicamente si el empresario se declara en quiebra. Desde un punto de vista objetivo, por lo tanto, es la declaración de quiebra la que representa un elemento constitutivo importante de este delito.